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Michoacán

Edmundo Jacobo Molina secretario ejecutivo del INE

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El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), en su primera sesión extraordinaria, aprobó por ocho votos a favor y tres en contra, de la Consejera Pamela San Martín Ríos y Valles, y de los Consejeros Electorales Javier Santiago Castillo y José Roberto Ruiz Saldaña, la designación de Edmundo Jacobo Molina como Secretario Ejecutivo de la nueva autoridad electoral, quien tendrá a su cargo la representación legal del Instituto y la dirección de la Junta General Ejecutiva.

Asimismo, el Consejo General del INE avaló por el mismo número de votos a favor y en contra, la designación de René Miranda Jaimes, como Director Ejecutivo del Registro Federal de Electores; de Jorge Humberto Torres Antuñano, en la Unidad Técnica de Servicios de Informática; y como titular de la Coordinación Nacional de Comunicación Social a Alberto García Sarubbi.

Al respecto, el Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello, aseguró que esta primera decisión del Consejo General supone integrar debidamente los órganos de este Instituto y ejercer en sus términos,  con plena y absoluta libertad, el principio de autonomía que debe regir a este órgano, sin la cual el mismo se desnaturaliza.

Agregó que es responsabilidad legal de la Presidencia del Consejo velar por la adecuada integración de los órganos del Instituto, condición necesaria para construir la institución “de grandes miras” que exige el mandato constitucional.

Lorenzo Córdova aseguró que en el caso de Edmundo Jacobo Molina, cumple con el perfil adecuado para ocupar el cargo de Secretario Ejecutivo, toda vez que conoce la nueva reforma, acompañó el trabajo de los cuatro consejeros en la etapa final del Instituto Federal Electoral (IFE), a través del análisis y la construcción de notas técnicas, dirigió la interlocución con los distintos actores políticos con los que el IFE tuvo relación y, hasta el momento, coordina los trabajos de análisis de la estructura ejecutiva sobre distintas iniciativas de legislación secundaria que se han presentado.

Durante la discusión, la Consejera y los Consejeros Electorales que votaron en contra argumentaron, entre otras cosas, que jurídicamente la designación no es necesaria para que los funcionarios continúen ejerciendo las funciones que tenían encomendadas, ya que no existe aún una legislación que defina con certeza las funciones de las áreas del Instituto,  por lo que este procedimiento debió ser puesto a la consideración del Consejo una vez aprobada la legislación secundaria en materia electoral.

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